Despido causas productivas
El despido objetivo por causas productivas se recoge en el artículo 52 del Estatuto de los trabajadores, como uno de los tipos de despido objetivo.
La empresa puede realizar un despido objetivo cuando existen causas productivas, técnicas, organizativas o económicas.
La indemnización por despido objetivo es de 20 días de salario por año de trabajo, con un tope de 12 mensualidades.
La empresa deberá demostrar judicialmente que existen las causas productivas que se recogen en la carta de despido.
Si la empresa no puede demostrar en juicio las causas productivas o las mismas no son suficientes para argumentar un despido objetivo, el juzgado declarará el despido improcedente.
¿Qué son las causas productivas?
El artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores dice que existen causas productivas cuando se producen cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
Existen causas productivas en los siguientes supuestos:
- Descenso en el volumen de ventas o de pedidos.
- Pérdida de una contrata.
Las causas productivas permiten a la empresa despedir cuando las ventas o pedidos han descendido, o la empresa ha perdido un contrato que generaba un volumen relevante dentro de la actividad de la empresa.
La empresa deberá demostrar en el juicio que las causas productivas que alegan son proporcionadas con el descenso del volumen de ventas o de pedidos, o con la pérdida de la contrata.
Carta de despido por causas productivas
La empresa deberá entregarte una carta de despido por causas productivas, explicando los motivos por los que te despide.
En el juicio, la empresa no puede alegar ningún hecho que no se encuentre recogido en la carta de despido.
En muchos casos, los despidos objetivos suelen combinar causas productivas y causas económicas, dado que el descenso de la producción o venta suele estar relacionado con un descenso económico.
La empresa deberá indicar en la carta que te abona la indemnización por despido objetivo de 20 días de salario por año de trabajo.
Esta indemnización de 20 días por año tiene que abonarla la empresa simultáneamente a la entrega de la carta de despido. De lo contrario, el despido será declarado despido improcedente.
Igualmente, la empresa tiene que preavisarte con 15 días de antelación a la fecha de efectos del despido.
La empresa puede optar por no preavisarte y abonarte los 15 días de salario.
Indemnización por despido por causas productivas
La empresa deberá abonarte la indemnización por despido por causas productivas, con independencia de que estés de acuerdo con la carta de despido.
Si no estás conforme con la carta de despido objetivo por causas productivas, tienes un plazo de 20 días hábiles para demandar por despido.
Si el juzgado considera que los hechos alegados en la carta de despido no son suficientes o proporcionales para justificar el despido por causas productivas, declarará la improcedencia del despido.
Si el despido objetivo es declarado despido improcedente, la empresa deberá indemnizarte con 33 días de salario por año de trabajo en la empresa, con un tope de 24 mensualidades.
Por el periodo trabajado en la empresa con anterioridad al 12 de febrero de 2012, la empresa deberá indemnizarte con 45 días de salario por año trabajado en la empresa, con un tope de 42 mensualidades.
En algunos supuestos, el despido por causas productivas podrá ser declarado despido nulo, si se ha producido una vulneración de derechos fundamentales.
Declarada la nulidad del despido, la empresa deberá readmitirte en la empresa y abonarte los salarios de tramitación entre la fecha de despido y la de readmisión.