El despido disciplinario es la máxima sanción que se le puede poner a un trabajador.
El trabajador no recibe indemnización por despido disciplinario.
El despido disciplinario no tiene indemnización por despido. Si la empresa reconoce la improcedencia del despido o el despido es judicialmente declarado improcedente, la empresa deberá abonarte la indemnización por despido disciplinario improcedente.
El empresario, junto con la carta de despido disciplinario, deberá entregar al trabajador el finiquito laboral, en el que se incluyen los salarios pendientes de pago y las vacaciones no disfrutadas a fecha del despido.
Como regla general, la indemnización por despido disciplinario improcedente es de 33 días por año de trabajo en la empresa, con un máximo de 24 mensualidades de salario.
El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, recoge las causas por las que se puede justificar un despido disciplinario:
Como consecuencia del despido disciplinario, el trabajador deja de trabajar para la empresa. Si tiene un periodo cotizado superior a un año en los últimos seis, tendrá derecho a solicitar el paro.
En la carta de despido disciplinario tienen que recogerse los hechos que fundamentan el despido, y la fecha de efectos.
El despido disciplinario realizado de manera verbal, sin entregar al trabajador una carta de despido, será declarado judicialmente despido improcedente o despido nulo.
La empresa puede comunicarte el despido disciplinario por correo electrónico. Depende de cómo se realice, el despido será conforme a derecho.
La empresa solo podrá defenderse de los hechos que se recojan en esa comunicación de despido.
Si has recibido una comunicación de despido por correo electrónico o Whatsapp, lo mejor es que contactes con un abogado laboralista para analizar los pasos a seguir.
Dependiendo de la comunicación, habrá que valorar si es mejor seguir acudiendo a trabajar hasta que te entreguen una carta formal de despido, o demandar por despido improcedente.
Un despido disciplinario se declara despido improcedente cuando judicialmente se considere que los hechos recogidos en la carta de despido no han quedado acreditados, o no alcanzan la gravedad suficiente para justificar el despido disciplinario.
En caso de declararse la improcedencia del despido disciplinario, te corresponde una indemnización por despido improcedente.
La indemnización por despido disciplinario improcedente es de 33 días por año trabajado con la empresa, con un máximo de 24 mensualidades (45 días por año y un máximo de 42 mensualidades, por el periodo trabajado con anterioridad al mes de febrero de 2012).
Mi despacho profesional se encuentra en Madrid. La consulta presencial en mi despacho, en materia de despido disciplinario, es gratuita.
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