Despido con reducción de jornada
El despido con reducción de jornada por cuidado de hijos será declarado despido nulo, salvo que existan unos hechos que puedan fundamentar un despido disciplinario o despido objetivo.
Te pueden despedir con una reducción de jornada, y el despido será válido siempre que la empresa pueda probar los hechos que se alegan en la carta de despido, y sean de la gravedad suficiente para justificar el despido con reducción de jornada por cuidado de hijo.
Recuerda que si te encuentras en una situación de despido con reducción de jornada, cuentas con un plazo de 20 días hábiles para demandar por despido.
El Estatuto de los Trabajadores permite a los padres de hijos menores de doce años solicitar una reducción de la jornada de trabajo, entre un octavo y la mitad de la jornada. Esta reducción de jornada conlleva la reducción proporcional del salario del trabajador.
Los trabajadores en reducción de jornada se encuentran legalmente amparados en caso de despido.
La Constitución y el Estatuto de los Trabajadores protegen a los padres con hijos menores de 12 años en casos de despido por reducción de jornada, en garantía del derecho a la igualdad y no discriminación, y la protección de la familia y la infancia.
Reducción de jornada y despido por causas objetivas
En los casos de reducción de jornada y despido por causas objetivas, no es suficiente que la empresa alegue la existencia de una causa objetiva económica o productiva para despedirte.
En estos supuestos, la Jurisprudencia exige que la empresa demuestre por qué tiene que despedir en concreto al trabajador con reducción de jornada. Así, aunque la empresa acredite la causa objetiva en juicio, podría declararse la nulidad del despido si no puede acreditar por qué ha optado por tu despido con reducción de jornada.
Por su parte, si como consecuencia de la causa objetiva o económica cierra el departamento en el que trabajas, te pueden despedir con reducción de jornada. Es muy importante estudiar cada caso concreto y ponerse en manos de un abogado laboralista para valorar la viabilidad del procedimiento judicial.
Si la empresa no puede acreditar en el acto del juicio la causa disciplinaria u objetiva de despido sostenida en la carta de despido, el despido con reducción de jornada por cuidado de hijo será declarado despido nulo, y no despido improcedente.
El despido de un trabajador en reducción de jornada solo será procedente cuando la causa de despido sea ajena a la reducción de jornada, y esta causa quede acreditada judicialmente.
Indemnización despido reducción de jornada
En el supuesto que el Juzgado declare nulo el despido del trabajador en reducción de jornada por cuidado de hijos, la empresa será condenada a:
1.- Readmitir al trabajador.
2.- Abonarle los salarios de tramitación, entre la fecha de despido y la de readmisión.
3.- Indemnización por vulneración de derechos fundamentales, en el supuesto que el Juzgado lo estime.
En los casos de despido nulo no se abona indemnización por despido. Si el Juzgado declara la nulidad del despido y, salvo excepciones, corresponderá la readmisión del trabajador y el abono de los salarios de tramitación, entre la fecha de despido y la de readmisión.
Los salarios de tramitación se abonan teniendo en cuenta el salario que percibía el trabajador con anterioridad a la reducción de su jornada de trabajo.